CÓDIGO PENAL MILITAR
Esta es la realidad: cerca del 90% de las condenas por aplicación del Código Penal Militar en la Guardia Civil corresponde a la Escala de Cabos y Guardias. Muchos son quienes piensan que la aplicación de esta norma retrógrada y arcaica no tiene efecto entre el personal del Cuerpo, pero en los últimos años se han producido un total de 60 sentencias firmes, de las cuales 52 han sido para agentes de base, y la inmensa mayoría corresponde a meras discusiones laborales, algo que para cualquier otro funcionario, en el ámbito policial o no, supondría una mera falta administrativa, en el peor de los casos, para un guardia civil supone el ingreso en un centro penitenciario y la consecuente pérdida de libertad, como si un delincuente común se tratara.
Esta desproporcionalidad, fruto de una anomalía democrática en el seno de la Guardia Civil, debe llegar a su fin. AUGC intensificará su trabajo para que el Código Penal Militar no sea de aplicación a los guardias civiles en el ejercicio de sus funciones policiales. Y es que debemos recordar que la Guardia Civil es un cuerpo policial, y por tanto nuestras misiones suponen el 99% de nuestro trabajo diario.
AUGC insistirá vehementemente en la necesidad de que deje de aplicarse el Código Penal Militar a los guardias civiles en funciones policiales, tal y como ya logramos en el año 2007, hasta que fruto de una nueva reforma en el año 2016, la involución llegó para retornar a los miembros del Cuerpo a una época que ya estaba superada.
Por este motivo, solicitaremos la supresión del artículo 1 punto 5 del Código Penal Militar, para que los delitos militares se apliquen a los guardias civiles estrictamente en casos de:
a) Tiempo de conflicto armado.
b) Durante la vigencia de un estado de sitio.
c) En el cumplimiento de las misiones de carácter militar que puedan encomendarse puntualmente a la Guardia Civil.
d) O mientras se encuentren integrados en unidades de las Fuerzas Armadas, como sucede en misiones de carácter internacional.
La realidad demuestra que la utilización que se práctica con la aplicación del Código Penal Militar supone un instrumento abusivo, desproporcionado y claramente destinado a utilizarse de manera represiva, por la que, como viene ocurriendo repetidamente cada año, un guardia civil puede acabar entre rejas por una simple desavenencia o un mal día con un superior.
Por tanto, en los próximos cuatro años, desde AUGC y con tu apoyo, nos marcamos como objetivo la no aplicación del Código Penal Militar a los guardias civiles en la realización de nuestro servicio policial.